Residuos Urbanos
Las empresas que quieren disponer de la recogida de sus residuos urbanos por el Consorcio As Mariñas, deberán estar dadas de alta en la tasa de recogida y disponer de su propio contenedor para depositar únicamente los residuos urbanos. Los contenedores deben de ser de carga trasera y de una capacidad de 360 l. o 800 l., según las necesidades de la empresa.
La empresa deberá de aproximar los contenedores a la vía pública cuando se realice la ruta de recogida por su zona para ser vaciados por el personal del servicio. El resto del tiempo pueden tener el contenedor dentro de sus dependencias.
Las empresas de jardinería o los autónomos que se empleen en ese sector también deberán de gestionar los residuos generados en su actividad económica, aunque sean restos de podas de un particular del territorio del Consorcio y no pueden utilizar los puntos limpios para depositar estos residuos. Estas instalaciones son solo para que las utilicen los particulares del territorio del Consorcio As Mariñas.
1. Tasa.
La tasa de basura se regula a través la Ordenanza correspondiente, común a los ocho ayuntamientos que integran el Consorcio As Mariñas.
El coste de servicio tiene en cuenta la cantidad de residuos generados, por lo que la buena separación de la basura en el domicilio y el uso correcto de los contenedores y de los medios que proporciona el Consorcio reduce los residuos no selectivos y el coste total del servicio. Cuanto más se recicle por parte de todos, menor será el coste del servicio.
La tasa por el servicio se emite en forma de recibos semestrales generados por el Consorcio As Mariñas y puestos al cobro a través de la Diputación de A Coruña, semestralmente según el importe fijado en la Ordenanza vigente.
El servicio es de recepción obligatoria, debiendo pagar por el mismo independientemente del uso que se realice de él, estando obligados los propietarios de viviendas, locales, establecimientos, alojamientos, industrias, actividades comerciales, profesionales, artísticas o de servicios.
2. Alta.
El alta se tramita a través de la sede del Consorcio de As Mariñas https://sede.consorcioam.org/
Documentación necesaria.
Instancia de solicitud (Se puede descargar en www.consorcioam.org. Tasa / Solicitud).
Copia CIF.
Copia IAE.
Copia de contrato de alquiler o escritura de propiedad.
Con estos residuos NO puede mezclarse CARTÓN, PLASTTICO, PAPEL NI NINGÚN OTRO NO ASIMILABLE A URBANO.
3. Adquisición de contenedor.
Cada empresa debe adquirir su propio contenedor y debe sacarlo al exterior para su vaciado.
La retirada se hace diariamente en horario nocturno.
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